PROPIETARIO NO RESIDENTE EN ESPAÑA. ¿QUÉ LEY SE APLICA AL FALLECIMIENTO?

Desde el 17 de agosto de 2015, la solución a esta respuesta es muy sencilla. Con la entrada en vigor del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo número 650/2012, de 4 de julio de 2012, en España se aplicará la ley correspondiente al país de residencia del difunto en el momento de su muerte como regla general.

Aun así, la última palabra sobre a qué legislación acogerse la tiene el extranjero residente en España. Si quiere que se aplique la ley española, no tiene que hacer nada, ya que como hemos visto es lo que establece la normativa actual. Sin embargo, si decidiera que quiere que su herencia se rija por la legislación del país de su nacionalidad, puede lograrlo otorgando testamento en vida y comunicando su deseo.

Esta declaración en su testamento puede hacerla cualquier persona extranjera residente en España, sea cual sea su nacionalidad. No es algo que solo afecte a los países de la Unión Europea, así que los muchos ingleses que viven en territorio español no deben sufrir por la entrada en vigor del Brexit. Podrán elegir qué ley aplicar en su herencia, como cualquier persona de otra nacionalidad.

                                                                                                                                                                                            Partner: eurotax@eurotax.com

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